martes, 30 de noviembre de 2010

RESTRINGUEN EL USO DE AEROSOLES

OMA Recuerda a los Pasajeros y Usuarios de sus Aeropuertos, que a Partir del 1° de Diciembre Se Implementará la Nueva Regulación que Restringe la Cantidad de Líquidos, Aerosoles y Geles (LAG)

· Durante los primeros 10 días de aplicación, OMA proporcionará bolsas de plástico de manera gratuita a los pasajeros de sus aeropuertos, como apoyo en el cumplimiento de la esta reglamentación.

Monterrey, NL., México a 30 de noviembre de 2010 - Grupo Aeroportuario del Centro Norte, mejor conocido como OMA, recuerda a los pasajeros y usuarios de sus trece aeropuertos, que mañana miércoles 1º de diciembre inicia la aplicación de la nueva reglamentación que restringe la cantidad de Líquidos, Aerosoles y Geles (LAG).

La norma dictada por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) menciona lo siguiente:

Los artículos que pueden llevarse sin restricciones en el equipaje de mano, son: medicamentos en la cantidad necesaria para la duración del viaje; leche, jugo y alimentos para bebé, siempre y cuando el menor vaya a bordo de la aeronave; productos para necesidades dietéticas especiales, cilindros de oxígeno gaseoso de uso medicinal, con prescripción médica obligatoria; y discos compactos, otros artículos electrónicos, computadoras portátiles, ropa y calzado.

En el equipaje de mano sólo se permitirán Líquidos, Geles y Aerosoles para uso cosmético o de higiene personal en envases individuales no superiores a 100 mililitros o 3.5 onzas, todos dentro de una bolsa de plástico resellable de 20 por 20 centímetros o una cantidad máxima de 1 litro (o su equivalente). Solo se aceptará 1 bolsa completamente cerrada por pasajero y deberá presentarse de manera individual para su inspección.

Por lo que respecta a bebidas alcohólicas, el pasajero podrá llevar hasta cinco litros en el equipaje de mano siempre y cuando se compren en los locales comerciales que se ubican en las salas de última espera de los aeropuertos. Todas aquellas bebidas alcohólicas que se hayan adquirido fuera de los aeropuertos, necesariamente deberán transportarse en el equipaje documentado.

OMA lanzó la campaña de comunicación de la norma de LAG para informar con detalle a pasajeros y usuarios de sus trece aeropuertos sobre los lineamientos de ésta, con el fin de facilitar su cumplimiento.

Como apoyo, durante los primeros 10 días de aplicación de la nueva regulación, OMA estará proporcionando gratuitamente en sus aeropuertos, bolsas de plástico resellables a los pasajeros que transporten Líquidos, Aerosoles y Geles en el equipaje de mano, siempre y cuando cumplan con los lineamientos establecidos por la norma y mencionados anteriormente.

Adicionalmente, para brindar un mejor servicio y atención hacia los pasajeros y usuarios de los aeropuertos de OMA, a partir de la primera semana de diciembre habrá máquinas expendedoras que ofrecerán a la venta bolsas de plástico resellables que cumplen con las especificaciones requeridas por la norma.

OMA recomienda a los pasajeros comunicarse con su respectiva aerolínea para mayor información sobre los artículos permitidos a bordo de la aeronave.

No hay comentarios: