domingo, 31 de mayo de 2009

SUPERVISA LA SRA EL CUMPLIMIENTO DE LA CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA DE EXPROPIACIONES A NUCLEOS AGRARIOS

SUPERVISA LA SRA EL CUMPLIMIENTO DE LA CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA
DE EXPROPIACIONES A NÚCLEOS AGRARIOS

En lo que va de año se han revisado 38 decretos expropiatorios de tierras ejidales o comunales en 16 estados del país
La finalidad de las supervisiones es proteger los derechos agrarios de los campesinos

La Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), a través de su órgano sectorizado el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (Fifonafe), realiza supervisiones a expropiaciones de tierras hechas a núcleos agrarios en 16 estados del país, para verificar el cumplimiento de la causa de utilidad pública que motivó la expropiación.

El Fifonafe tiene entre sus tareas fundamentales vigilar el cumplimiento de la causa de utilidad pública de los decretos expropiatorios a núcleos agrarios, después de 5 años de publicado el decreto en el Diario Oficial de la Federación, a fin de proteger los derechos de los sujetos agrarios y otorgar certeza y seguridad jurídica en la tenencia de la tierra en la propiedad social.

En lo que va del año se han supervisado 38 expropiaciones de decretos, que involucran 3 mil 700 hectáreas, y el objetivo es realizar, en 2009, un total de 152 revisiones de decretos, se informó en la sesión del Órgano de Gobierno del Fifonafe que encabeza el titular de la SRA, Abelardo Escobar Prieto.

De las 38 revisiones concluidas se determinó que en 32 casos no se cumplió con la causa de utilidad pública en la expropiación de un total de mil 653 hectáreas, en los estados de Baja California, Coahuila, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Sinaloa y Sonora. Los casos de incumplimiento derivan de decretos expedidos entre los años 1976 y 2002.

Cuando no se cumple la causa de utilidad pública de las expropiaciones, el Fifonafe tiene la facultad de promover la reversión de tierras a favor del núcleo agrario si éste no recibió la indemnización, no se ejecutó el decreto, no se desocuparon las tierras y una vez que hayan transcurrido al menos 5 años después de la publicación del decreto. En los casos que se liquidó el monto de la indemnización correspondiente al ejido o comunidad, el predio puede pasar a ser propiedad del organismo de la SRA.

En los 32 asuntos en los que se determinó el incumplimiento, las reversiones de tierra se promoverán a favor de los núcleos agrarios.

Por otra parte, durante la sesión del Órgano de Gobierno se notificó que durante el primer trimestre del año se han entregado fondos comunes por 52 millones de pesos en beneficio de ejidos y comunidades de los estados de México, Nayarit y Veracruz, además de que se han atendido otras 61 solicitudes para la entrega de los mismos.

Los fondos comunes son recursos que provienen del pago de indemnizaciones por expropiaciones a núcleos agrarios, que los ejidatarios o comuneros depositan o mantienen de manera voluntaria en el Fifonafe, en donde generan altos rendimientos y se transparenta la entrega de los recursos.
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